IVA

Impuesto sobre el valor añadido (IVA)

En virtud del Acuerdo entre los Gobiernos de los Estados miembros de la Comunidad de Estados Independientes sobre los principios coordinados de la política fiscal, de 13 de marzo de 1992, las partes se comprometieron a llevar a cabo una política fiscal armonizada basada en la unificación de los principios y las normas fiscales, incluidos los relativos a la fiscalidad indirecta.

En el seno de la CEI se firmaron el Acuerdo sobre los principios de recaudación de impuestos indirectos sobre las exportaciones e importaciones de bienes (obras, servicios) entre los Estados miembros de la CEI, de 25 de noviembre de 1998, y el Protocolo de 2 de abril de 1999 sobre modificaciones y adiciones al Acuerdo sobre una zona de libre comercio, de 15 de abril de 1994.

La República de Belarús es parte de estos actos jurídicos internacionales, que establecen el principio del país de destino a la hora de recaudar impuestos indirectos (impuesto sobre el valor añadido e impuestos especiales) en el comercio mutuo de los Estados miembros de la CEI.

La transición a la recaudación del impuesto sobre el valor añadido y los impuestos especiales basada en el principio del país de destino en el comercio con la Federación Rusa fue implementada por la República de Belarús el 1 de enero de 2005 de conformidad con el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Belarús y el Gobierno de la Federación Rusa sobre los principios de recaudación de los impuestos indirectos sobre la exportación e importación de bienes, la realización de obras, la prestación de servicios.

En el marco de la unificación en curso de la legislación fiscal por analogía con otros Estados miembros de la CEI, desde el 1 de enero de 2000 la República de Belarús ha pasado al método de compensación de la recaudación del impuesto sobre el valor añadido en la realización de bienes, obras (servicios), según el cual los contribuyentes deben ser acreditados (reembolsados) los importes de los impuestos pagados a los proveedores en el momento de la adquisición o la importación en el territorio aduanero de los recursos materiales y técnicos necesarios.

El tipo básico del IVA está fijado en el 18%, mientras que determinados bienes para niños y productos alimenticios están sujetos a un tipo impositivo reducido del 10%. La exportación de bienes está gravada al 0%.

Cuando las mercancías se importan en el territorio aduanero de la República de Belarús, el impuesto se calcula sobre la base de su valor en aduana incrementado por los derechos de aduana y los impuestos especiales (para las mercancías sujetas a impuestos especiales), cuando las mercancías se venden - sobre la base del valor de las mercancías vendidas.

El impuesto especial se aplica en Bielorrusia a una gama limitada de productos de acuerdo con la Lista Básica y los tipos mínimos para los productos sujetos a impuestos especiales producidos e importados en los territorios aduaneros de los Estados miembros de la Comunidad Económica Euroasiática, aprobada por la Decisión del Consejo Interestatal de la Comunidad Económica Euroasiática nº 193 de 21 de septiembre de 2004 “Sobre la aplicación de la Decisión del Consejo Interestatal de la Comunidad Económica Euroasiática nº 28 de 14 de septiembre de 2001 ‘Sobre la mayor armonización de la política de impuestos especiales de los Estados miembros’. Así, la lista de productos sujetos a impuestos especiales incluye las bebidas alcohólicas, la cerveza, los productos del tabaco, los coches, la gasolina para automóviles y el gasóleo.

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